Datos Protegidos gana juicio en primera instancia contra Banco Santander

por | Dic 19, 2016

En noviembre de 2015 iniciamos dos juicios contra el Banco Santander Chile, por abandono de miles de documentos en terrenos aledaños a la comuna de Curacaví, que contenían información personal de varios clientes. El pasado 15 de diciembre de 2016 se dictó la sentencia en primera instancia con un resultado exitoso para el área de litigios de Datos Protegidos.

Gracias a la denuncia de TVN, solo un grupo de los clientes pudo saber si estaba entre los afectados por este hecho, los cuales fueron asesorados por la Fundación. Se trataba de la exposición de información confidencial sobre estados de situación financieros, liquidaciones de sueldo, copias de cédulas de identidad y otros datos personales privados que las personas estamos obligadas entregar y que las entidades bancarias necesitan tratar para el funcionamiento de su negocio.

El tribunal señaló que “como banco de datos, (el banco Santander) está dentro del ámbito de aplicación de la ley 19.628, la que lo obliga a observar una debida diligencia respecto a los datos que recopila, desde su almacenamiento hasta su destrucción o cancelación”.

El tribunal agrega que “El banco tiene el deber institucional de dar pleno cumplimiento en el artículo 11 de la citada ley, de esta forma, aun cuando los documentos hayan sido tomados por error por parte del chofer (…) correspondía al Banco Santander Chile la obligación de tener el cuidado suficiente con los datos personales y sensibles de sus clientes de tal forma que fuese imposible que se produjese la confusión alegada.”

Sobre este particular, la sentencia también señala que “el hecho que una persona haya podido confundir cajas con documentos sensibles con escombros da cuenta de negligencia en el almacenamiento de los mismos, ya que no se encontraban resguardados debidamente y, aun en el caso que estuviesen dispuestos para destrucción, como el mismo absolvente del banco declara, no estaban trituradas, sino íntegras y por tanto, legibles y accesibles».

Las partes demandantes, continua el fallo, “vieron vulnerada su confianza depositada en el banco, quien no cuidó con la debida diligencia los datos personales y sensibles que de ellos obtuvo.”

Si bien el Banco Santander aún puede interponer recursos en contra de la sentencia, por lo que no podemos afirmar que el caso se ha concluido, el hecho de que ésta sea la primera sentencia en que un tribunal acoge el daño moral por infracción a la ley 19.628, artículos 6 y 11, por no haber custodiado y tratado correctamente los datos protegidos de los actores, resulta ser un gran logro. 

Descargue sentencia en el siguiente link.

Share This