El pasado 1º de marzo del 2017, fue un día con un sabor agridulce para la protección de Datos Personales. Por una parte, se aprobó en la Cámara de Diputados el Proyecto de Ley sobre Intercambio recíproco de información con otros países (Boletín 9242-10) en el marco del acuerdo con Estados Unidos para la exención de visas, denominado “Visa Waiver” y, por otra, se aprobó en la Cámara el Proyecto de Ley que modifica la Ley Nº 18.827 (Boletín 10125-15) y cuya finalidad es adoptar una serie de medidas de seguridad y control en los medios de pago al Transantiago, creando un “Registro de Pasajeros Infractores” y aumentando las facultades para sancionar y hacer efectivo el pago de las multas. Ambos proyectos siguen en tramitación.
En cuanto al primero, el Ejecutivo modificó algunos aspectos del proyecto de ley original, agregando una breve mención al cumplimiento de la Ley Nº 19.628, sobre Protección a la Vida Privada cuando se requiere la colaboración de ciertos órganos públicos (Carabineros, Policía de Investigaciones y Registro Civil) por peticiones de otros Estados sobre información de ciertas personas. Con todo, en ninguna parte del proyecto se mencionan las medidas de seguridad que debiera adoptar el país que solicita la información, limitándose únicamente a que no se comunicarán las bases de datos personales en su integridad, sino solo la información solicitada. Sin embargo, esto no otorga garantía alguna si tenemos presente la ausencia de una normativa nacional sobre transferencias transfronterizas de datos personales y que nuestro país, por compromisos internacionales asumidos, debe ajustar conforme a las guías de la OCDE en esta materia.
En relación al proyecto de Transantiago, recordemos que ya existe un sub registro de Pasajeros Infractores creado por la Ley Nº 20.484, que sanciona el no pago de la tarifa en el transporte público de pasajes y que es llevado por el Registro Civil, con la información enviada por los Juzgados de Policía Local, y cuya reglamentación se encuentra en el Decreto N° 91, de 2012, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones –MTT-.
Ahora bien, dicho proyecto crea un “Registro de Usuarios”, que estaría a cargo del MTT, con la individualización y domicilio de los beneficiarios de pase escolar o tarjeta nacional estudiantil –TNE-, y que serían identificados mediante una serie de documentos como: cédula de identidad, licencia de conducir o pasaporte. También crea el “Registro de Pasajeros Infractores”, administrado por el MTT a través de la Subsecretaría de Transportes, en el que se registrarán los condenados por infracciones a las normas sobre evasión en el pago del pasaje de transporte. Este registro podrá ser consultado por cualquier persona y solicitar una certificación, es decir, si una persona se encuentra en él o no, y se faculta a la Tesorería General de la República para tratar dicha información con el propósito de retener la devolución de impuesto a la Renta e imputarla al pago de las multas adeudadas por evasión.
La certificación que mencionamos podría exigirse para ingresar a ciertos puestos de trabajo, como sucede en la actualidad con el Certificado de Antecedentes, o bien puede convertirse en un nuevo DICOM por deudas de transporte generándose infinidad de bases de datos con información no actualizada, por mencionar algunos ejemplos. Lo que es claro, en el supuesto que ello suceda, es el aumento de los niveles de segregación y discriminación en ciertos sectores de la sociedad, particularmente si la decisión de contratación se basa únicamente en su permanencia o no en el comentado Registro.
Surge entonces la interrogante sobre la proporcionalidad entre la medida adoptada y la afectación a los derechos de las personas. Tanto en el caso de comunicación de datos por razones de seguridad por causas criminales internacionales como en el de evasión del pago de la tarifa del transporte público, no han sido dimensionados los negativos efectos para una buena parte de los ciudadanos. Es complejo crear registros de diversa índole y comunicarlos/difundirlos/aperturarlos sin tener una clara política sobre educación de las medidas y los efectos de éstas, y contando además con una normativa deficiente sobre protección de datos que asegure efectivamente los derechos de las personas.
Parece estar volviéndose una práctica generalizada en nuestro país, que estos tipos de proyectos de ley avancen y se aprueben entre cuatro paredes con mínima o nula discusión de la ciudadanía.