Cámara de Diputados analiza derecho al olvido

por | Nov 14, 2016

El miércoles 09 de noviembre, la Comisión de Constitución Legislación y Justicia, debatió sobre el llamado «derecho al olvido», esto es, el derecho de las personas de pedir la eliminación de información desfasada y eventualmente perjudicial en una red o páginas específicas de información, (boletín 10608).

Datos Protegidos participó de esta discusión, la que consideramos importante, sin embargo el proyecto presentado es incompleto e impreciso, y se corre el riesgo dado el estado la ley actual, de vulnerar otros derechos fundamentales.

Fuente: Cámara de Diputados

Fuente: Cámara de Diputados

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Fuente: Cámara de Diputados

 

“El derecho al olvido podría vulnerar la libertad de expresión, la memoria histórica, el ejercicio periodístico y el derecho a la información, entonces se requiere una legislación robusta y completa que se haga cargo de casos específicos, por ejemplo cuando una persona que fue imputada busca ser reinsertada en la sociedad”

Francisco Arellano, representante de nuestra ONG.

 

 

Creemos que en este debate no tiene una solución estándar, pues no siempre están los mismos bienes jurídicos en juego cuando hablamos del derecho al olvido por ejemplo, para personas que fueron imputadas por un delito y luego declaradas inocentes, que para quienes fueron efectivamente condenadas. No es equivalente en este último caso, si se trata de un delito común o de un crimen de lesa humanidad. Tampoco si se trata de personas que participan en asuntos de interés público. El derecho al olvido sufre importantes limitaciones cuando se trata de personas que ejercen un rol en la vida pública, que ocupan o han ocupado cargos de elección popular, o están o han estado en posiciones públicas de poder, al menos respecto de datos personales que sean relevantes para la sociedad en su condición de personas públicas. El derecho al olvido no es para limpiar la imagen de las personas públicas.

Por último, no es igual de gravoso, pretender la eliminación de un dato publicado en una fuente de Internet, que la desindexación de ese dato de un motor de búsqueda, que la actualización o adenda de esa fuente de información.

También nos preocupa la aplicación al Estado y al manejo de sus bases de datos, pues no se puede obviar de la aplicación de estas normas a los poderes públicos. Mantener mantener bases de atos de manera indefinida, una vez cumplida la finalidad del tratamiento no se justifica.

Cómo Datos Protegidos nos interesa que se legisle correctamente del derecho a la cancelación y oposición al tratamiento de datos en los contextos de internet, mal llamado derecho al olvido. Sin embargo, sin una reformulación profunda de este proyecto, se corre el riesgo de serias vulneraciones a garantías fundamentales. Por lo tanto, es nuestra postura dado el contexto de la legislación general actual, la falta de una autoridad de control la cual esencial en el desarrollo de los consensos necesarios para el “olvido” digital y su adecuada implementación el rechazo de este proyecto de ley.

Puedes ver la sesión aquí

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